Micelio

Artículo 1

Decreto 75 de 1934 · Por el cual se dicta una disposición sobre pago de los sueldos del personal de nómina de la Litografía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Mientras se expide el Decreto de traslado de la correspondiente partida a la respectiva apropiación del Ministerio de Gobierno, los pagos del personal de nómina de la Litografía Nacional continuaran atendiéndose por la Contaduría Pagadora de la Sección de Provisiones, con cargo a la cantidad' de $ 50,556, apropiada en el Presupuesto vigente para el personal de dicha Sección, esto sin perjuicio de que la Litografía mencionada continúe como dependencia de la Sección 4º (Publicaciones, Archivo e Imprenta Nacional) del citado Ministerio, cómo lo dispone el Decreto número 1958, de fecha 29 de noviembre pasado. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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