Micelio

Artículo 26

Llamamiento A Curso De Información Policial

Decreto 400 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1212 de 1990, Estatuto del Personal de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Llamamiento a Curso de Información Policial. Para ser llamado al Curso de Información Policial a que se refiere el artículo 34 del Decreto 1212 de 1990, los Oficiales de los Servicios deberán llenar los requisitos establecidos en el artículo 33 de la citada norma y los que a continuación se indican, así

a)

Tener un mínimo de tres (3) años en el grado;

b)

No estar dentro de las circunstancias previstas en el artículo 90 del Decreto 58 de 1989 o en las normas que lo modifiquen;

c)

Estar clasificado en lista especial, lista uno (1), dos (2) o tres (3);

d)

Aprobar la evaluación de la trayectoria profesional. La evaluación de la trayectoria profesional de los Oficiales de los Servicios se hará con base en lo estipulado en los artículos 19 y 20 del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 400 de 1992