Llamamiento a Curso de Información Policial. Para ser llamado al Curso de Información Policial a que se refiere el artículo 34 del Decreto 1212 de 1990, los Oficiales de los Servicios deberán llenar los requisitos establecidos en el artículo 33 de la citada norma y los que a continuación se indican, así
Tener un mínimo de tres (3) años en el grado;
No estar dentro de las circunstancias previstas en el artículo 90 del Decreto 58 de 1989 o en las normas que lo modifiquen;
Estar clasificado en lista especial, lista uno (1), dos (2) o tres (3);
Aprobar la evaluación de la trayectoria profesional. La evaluación de la trayectoria profesional de los Oficiales de los Servicios se hará con base en lo estipulado en los artículos 19 y 20 del presente Decreto.