º . Sede . Las Empresas Sociales del Estado previstas en el presente decreto tendrán las siguientes sedes
La Empresa Social del Estado Rafael Uribe Uribe, en la ciudad de Medellín.
La Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, en la ciudad de Barranquilla.
La Empresa Social del Estado Antonio Nariño, en la ciudad de Santiago de Cali.
La Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento, en la ciudad de Bogotá D. C.
La Empresa Social del Estado Policarpa Salavarrieta, en la ciudad Bogotá, D. C.
La Empresa Social del Estado Francisco de Paula Santander, en la ciudad de San José de Cúcuta.
La Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino, en la ciudad de Pereira. TITULO III ESTRUCTURA Y ORGANOS DE DIRECCION Y ADMINISTRACION