Micelio

Artículo 5

Autorízase Al Ministerio De Gobierno Para Que Con Cargo Al Presupuesto De La División De Acción Comunal, Y Mientras Las Personas O Entidades Beneficiarías Efectúen Los Correspondientes Reembolsos, Establezca Un Fondo Especial Destinado A Financiar Los Costos De Transporte, Seguro Y Demás Gastos Que Demande La Entrega De Los Bienes Que Se Importen En Las Condiciones De Que Trata El Presente Decreto, Para Cuyo Efecto El Gobierno Hará Los Traslados Presupuéstales O Abrirá Los Créditos Adicionales Necesarios

Decreto 1564 de 1967 · Por el cual se adscribe al Ministerio de Gobierno la celebración de algunos contratos autorizados por la Ley 24 de 1959

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase al Ministerio de Gobierno para que con cargo al presupuesto de la División de Acción Comunal, y mientras las personas o entidades beneficiarías efectúen los correspondientes reembolsos, establezca un Fondo Especial destinado a financiar los costos de transporte, seguro y demás gastos que demande la entrega de los bienes que se importen en las condiciones de que trata el presente Decreto, para cuyo efecto el Gobierno hará los traslados presupuéstales o abrirá los créditos adicionales necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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