° Autorízase al Ministerio de Gobierno para que con cargo al presupuesto de la División de Acción Comunal, y mientras las personas o entidades beneficiarías efectúen los correspondientes reembolsos, establezca un Fondo Especial destinado a financiar los costos de transporte, seguro y demás gastos que demande la entrega de los bienes que se importen en las condiciones de que trata el presente Decreto, para cuyo efecto el Gobierno hará los traslados presupuéstales o abrirá los créditos adicionales necesarios.
Artículo 5
Autorízase Al Ministerio De Gobierno Para Que Con Cargo Al Presupuesto De La División De Acción Comunal, Y Mientras Las Personas O Entidades Beneficiarías Efectúen Los Correspondientes Reembolsos, Establezca Un Fondo Especial Destinado A Financiar Los Costos De Transporte, Seguro Y Demás Gastos Que Demande La Entrega De Los Bienes Que Se Importen En Las Condiciones De Que Trata El Presente Decreto, Para Cuyo Efecto El Gobierno Hará Los Traslados Presupuéstales O Abrirá Los Créditos Adicionales Necesarios
Decreto 1564 de 1967 · Por el cual se adscribe al Ministerio de Gobierno la celebración de algunos contratos autorizados por la Ley 24 de 1959
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.