Micelio

Artículo 14

La Escuela Admitirá Alumnos Regulares, Matriculados En Todas Las Asignaturas, Y Alumnos Asistentes Que Se Matriculen En Una O Varias De Ellas

Decreto 125 de 1916 · Por el cual se establece el Reglamento orgánico de la Escuela Nacional de Agricultura de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Escuela admitirá alumnos regulares, matriculados en todas las asignaturas, y alumnos asistentes que se matriculen en una o varias de ellas. Los primeros estarán obligados a someterse a todas las pruebas del Reglamento; los segundos no tienen esta obligación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 125 de 1916