Micelio

Artículo 2

La Dirección General De Prisiones Llevará El Registro De Los Individuos Que Hayan Sido Condenados Por La Justicia Penal Militar; Para Tal Efecto, El Juez Penal Militar O La Entidad Que Tenga Jurisdicción Penal Militar Remitirá Copias De Las Sentencias De Primera Y Segunda Instancias Debidamente Ejecutoriadas, Junto Con La Copia De La Cartilla Biográfica

Decreto 775 de 1974 · Por el cual se crea en el Centro Militar de Tolemaida, una cárcel de detención y pena para militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Dirección General de Prisiones llevará el registro de los individuos que hayan sido condenados por la Justicia Penal Militar; para tal efecto, el Juez Penal Militar o la entidad que tenga jurisdicción Penal Militar remitirá copias de las sentencias de primera y segunda instancias debidamente ejecutoriadas, junto con la copia de la cartilla biográfica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 775 de 1974