Micelio

Artículo 2.1.2.1.5

Garantías Admisibles

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Garantías admisibles . Para los efectos del presente Título, se considerarán como garantías admisibles aquellas que cumplan las siguientes condiciones

1.

Que la garantía constituida tenga un valor establecido con base en criterios téc­nicos y objetivos que sea suficiente para cubrir el monto garantizado durante la vigencia de la obligación.

2.

Que la garantía ofrezca un respaldo jurídicamente eficaz al pago de la obligación garantizada al otorgar a la contraparte una preferencia o mejor derecho para obte­ner el pago de la obligación y cuya posibilidad de realización sea razonablemente adecuada.

3.

Que la garantía este constituida en primer grado a favor de la entidad vigilada, para el caso de aquellas que admiten diferentes grados.

Parágrafo 1

Los bienes dados en leasing financiero, excepto el leasing inmobiliario, tendrán los mismos efectos de cubrimiento que una garantía admisible, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el presente artículo.

Parágrafo 2

Las garantías admisibles de que trata este artículo deberán cumplir las instrucciones sobre idoneidad y valoración de garantías señaladas en el artículo 2.1.1.3.4. del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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