Micelio

Artículo 9

º

Decreto 1733 de 1964 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de los organismos de comercio exterior, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones del Superintendente. Corresponde al Superintendente de Comercio Exterior

a)

Dirigir las labores de la Superintendencia con sujeción a las órdenes que le imparta el Ministerio del ramo, y conforme a la política general que trace la Junta de Comercio Exterior;

b)

Someter a la consideración de la Junta de Comercio Exterior los estudios, las recomendaciones y proyectos que prepare la Superintendencia sobre asuntos de comercio exterior, con el objeto de que la Junta decida sobre ellos, coordine su ejecución y formule si fuere el caso, las recomendaciones pertinentes al Gobierno Nacional;

c)

Adelantar, por conducto, de las distintas dependencias de la Superintendencia, los estudios que ordene el Ministro del ramo o que le solicite la Junta de Comercio Exterior;

d)

Solicitar de la Junta de Comercio Exterior que los organismos en ella representados adelanten estudios o labores en materia de comercio exterior, para asegurar una adecuada y armónica programación y ejecución de la política en este ramo;

e)

Mantener permanente contacto con los Jefes de las demás entidades, y organismos que desarrollen funciones en materia de comercio exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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