Corresponde a la División de Saneamiento Ambiental
Establecer y mantener actualizado el diagnóstico de las condiciones de sanidad ambiental y salud ocupacional del país;
Dar las normas técnicas y administrativas.
Elaborar los programas de este sector como parte del Plan Nacional de Salud, bajo la orientación de la Oficina de Planeación del Ministerio;
Supervisar su ejecución en los Servicios Seccionales de Salud, y
Evaluar sus resultados.
Exclúyese de lo dispuesto en el presente artículo, lo relacionado con la ejecución del Plan de Saneamiento Básico Rural que por mandato del Decreto Extraordinario 470 de 1968, corresponde al Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud. La División de Saneamiento Ambiental deberá estudiar los proyectos de normas y programas elaborados por el Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud, relacionados con la ejecución de dicho Plan, a fin de que sean adoptados por el Ministerio. Además, utilizará los resultados de la evaluación del mencionado programa para efectos de ajuste del Plan Nacional de Salud. De la Sección de Ingeniería Sanitaria.