Micelio

Artículo 2

Ley 103 de 1913 · por la cual se auxilia la construcción de unos hospitales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase igualmente la construcción del Hospital de Caridad de Magangué con la suma de tres mil pesos, pagaderos en el próximo año por mensualidades de doscientos cincuenta pesos, debiendo entregarse el primer contado en el mes de enero de 1914.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 103 de 1913