Micelio

Artículo 2

Ley 18 de 1984 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la ciudad de Gigante en el Departamento del Huila y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno Nacional para planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de beneficio público y de interés social en la ciudad de Gigante así:

a)

Construcción y dotación de la Casa de la Cultura, Ricardo Borrero Alvarez;

b)

Terminación y pavimentación de las calles de Gigante;

c)

Arreglo de los parques: Monseñor Ismael Perdomo y plaza principal compra de las fuentes luminosas;

d)

Terminación avenida salida Cachaya;

e)

Construcción y dotación de la Biblioteca Popular "Abel Díaz Manrique";

f)

Construcción parque para el barrio Sosimo Suárez;

g)

Remodelación de la galería y modernización;

h)

Construcción y dotación de la Casa del Anciano;

i)

Remodelación y modernización del Matadero Municipal;

j)

Reparación y ampliación del alcantarillado;

k)

Mejoramiento del acueducto;

l)

Dotación Centro de Universidad Abierta a Distancia;

m)

Construcción de polideportivos en los centros educativos de:

Sosimo Suárez, Potrerillos, Silvania, Rioloro, La Gran Vía, El Mesón, Tres Esquinas, La Vega, Vueltas Arriba, el Recreo, El Garucho.

n)

Construcción y dotación Colegio Municipal Jorge Eliécer Gaitán;

ñ) Construcción y dotación Gimnasio "Andrés Bello".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1984