º A partir de la fecha del presente Decreto, créase la Comisión Coordinadora y Asesora del Congreso, que tendrá por funciones la preparación de agendas y proposiciones que la Delegación colombiana deba presentar al Congreso. Esta Comisión estará integrada por el Secretario General del Ministerio de Comunicaciones, quien la presidirá; por el Director del Departamento de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, o un representante suyo; por el Director General de Aduanas o un representante suyo; por el Jefe del Departamento de Planificación del Ministerio de Comunicaciones; por el Jefe del Departamento de Giros; por el Jefe del Departamento de Correos; por el Jefe de la Sección Internacional, y por el Administrador del Correo Aéreo (Avianca).
Decreto 3115 de 1954 →Vigente
Artículo 3
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Créase La Comisión Coordinadora Y Asesora Del Congreso, Que Tendrá Por Funciones La Preparación De Agendas Y Proposiciones Que La Delegación Colombiana Deba Presentar Al Congreso
Decreto 3115 de 1954 · Por el cual se organiza y reglamenta la concerniente a la celebracion de VII Congreso Postal de las Americas y España y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.