Articulo segundo. Señálase como remuneración de dicho cargo la correspondiente a la categoría 28 conforme a la escala adoptada por el Decreto 2285 de 1968.
Decreto 2383 de 1968 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2383 de 1968 · por el cual se crea el cargo de Viceministro en el Ministerio del Trabajo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.