Micelio

Artículo 17

Ley 24 de 1981 · Por la cual se transforma la Superintendencia Nacional de Cooperativas en Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, se fijan sus objetivos, estructura y funciones, se provee a su dotación presupuestal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Servicios Generales:

1. Mantener en correcto estado de funcionamiento y conservación los elementos, máquinas, bienes e instalaciones del Departamento y procurar su utilización adecuada y racional de acuerdo con las necesidades del servicio.

2. Procurar permanentemente porque la dotación de elementos e instalaciones físicas de la entidad sean adecuadas y suficientes.

3. Dirigir y controlar el manejo del almacén y elaborar y mantener actualizado el inventario de la entidad.

4. Organizar y controlar el desempeño de las labores auxiliares de servicios generales.

5. Ejercer el control, dirección y coordinación de los grupos que se adscriban a la Sección de Servicios Generales.

6. Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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