La renuncia o demora en ejecutar las reglas de este Decreto y de la ley que reglamenta se sancionará con multas sucesivas de quinientos ($ 500.00) a un mil pesos ($ 1.000.00), que impondrán las autoridades de Policía de oficio o a solicitud de parte con sujeción a los procedimientos policivos respectivos y con la obligación de dar aviso a los Ministerios de Gobierno, Educación, Desarrollo Económico y Comunicaciones, según el caso.
Decreto 2744 de 1980 →Vigente
Artículo 16
La Renuncia O Demora En Ejecutar Las Reglas De Este Decreto Y De La Ley Que Reglamenta Se Sancionará Con Multas Sucesivas De Quinientos ($ 500
Decreto 2744 de 1980 · Por el cual se restablece la defensa del idioma y se da una autorización a la Academia Colombiana de la Lengua
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.