Micelio

Artículo 16

La Renuncia O Demora En Ejecutar Las Reglas De Este Decreto Y De La Ley Que Reglamenta Se Sancionará Con Multas Sucesivas De Quinientos ($ 500

Decreto 2744 de 1980 · Por el cual se restablece la defensa del idioma y se da una autorización a la Academia Colombiana de la Lengua

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La renuncia o demora en ejecutar las reglas de este Decreto y de la ley que reglamenta se sancionará con multas sucesivas de quinientos ($ 500.00) a un mil pesos ($ 1.000.00), que impondrán las autoridades de Policía de oficio o a solicitud de parte con sujeción a los procedimientos policivos respectivos y con la obligación de dar aviso a los Ministerios de Gobierno, Educación, Desarrollo Económico y Comunicaciones, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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