Micelio

Artículo 6

Decreto 3905 de 2008 · por el cual, en desarrollo del Decreto-ley 919 de 1989, se definen el objeto y los instrumentos necesarios para la implementación del Plan de Reasentamiento en la Zona de Amenaza Volcánica Alta (ZAVA) del Volcán Galeras, declarada como zona de desastre por el Decreto 4106 de 2005.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Alcance del reasentamiento. El proceso de reasentamiento podrá ser urbano o rural, individual o colectivo, e involucra: 1. La adquisición de inmuebles ubicados en la ZAVA por su valor comercial, correspondiente a la época anterior a la declaratoria de desastre, de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo

del artículo 38 del Decreto-ley 919 de 1989. 2. El acompañamiento social, jurídico, económico y técnico a las unidades sociales ubicadas en la ZAVA, en el proceso de enajenación voluntaria de sus predios, en los trámites legales necesarios para la adquisición de la vivienda de reposición y en el restablecimiento de las relaciones económicas, sociales y culturales en el nuevo territorio. 3. La utilización de instrumentos económicos y jurídicos previstos, dependiendo de las condiciones sociales, económicas y de la forma en que se detenten los inmuebles por parte de las unidades sociales. 4. La regulación y el control del área desalojada con el fin de evitar su futura ocupación. CAPITULO II Instrumentos para el proceso de reasentamiento

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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