Micelio

Artículo 2

Ley 70 de 1981 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los establecimientos públicos nacionales, para el año fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1982.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apropiase para atender a los gastos de los establecimientos públicos nacionales, durante el año fiscal del lo de enero al 31 de diciembre de 1982, una suma igual a la calculada para los ingresos, o sea la cantidad de doscientos cuarenta y dos mil setecientos ochenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil pesos ($ 242.783.457.000) moneda legal, distribuida institucionalmente así:

TERCERA PARTE

Disposiciones Generales.

Del campo de aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1981