Forma de disponer destinaciones, traslados y comisiones. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional se dispondrán en la siguiente forma
Por resolución ministerial
Comisiones al exterior;
Comisiones en la Administración Pública o Entidades oficiales o privadas.
Por Orden Administrativa de la Dirección General de la Policía Nacional
Destinaciones y traslados;
Comisiones en el país.
Por orden del día de los comandos de departamento o de las direcciones de escuela: Comisiones en el país del respectivo Departamento de Policía o Escuela, dentro o fuera de la jurisdicción, hasta por diez (10) días.
Cuando por necesidades del servicio sea procedente prorrogar una comisión por tiempo que exceda los límites señalados en el presente artículo, dicha prórroga solo podrá ser concedida por la autoridad competente.