° Mientras se cumple el plazo fijado en el artículo anterior, dichas entidades podrán hacer uso de los Registros de Proponentes que estaban vigentes con anterioridad a la expedición del Decreto 106 de 1977.
Decreto 2118 de 1977 →Vigente
Artículo 2
Mientras Se Cumple El Plazo Fijado En El Artículo Anterior, Dichas Entidades Podrán Hacer Uso De Los Registros De Proponentes Que Estaban Vigentes Con Anterioridad A La Expedición Del Decreto 106 De 1977
Decreto 2118 de 1977 · Por al cual se señala un plazo para la actualización del Registro de Proponentes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.