Micelio

Artículo XX

Ley 16 de 1960 · Por la cual se aprueba el Estatuto del Organismo Intercontinental de Energía Atómica, suscrito en la Ciudad de New York el 26 de octubre de 1956

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO XX

Definiciones.

Para los fines del presente Estatuto:

1.

Se entiende por "materiales fisionables especiales" el plutonio 239; el uranio 233; el uranio enriquecido en los isótopos 235 o 233; cualquier material que contenga uno o varios de los elementos citados; y los demás materiales fisionables que la Junta de Gobernadores determine en su oportunidad; no obstante, la expresión "materiales fisionables especiales", no comprende los materiales básicos;

2.

Se entiende por "uranio enriquecido en los isótopos 235 o 233", el uranio que contienen los isótopos 235 o 233, o ambos, en tal cantidad que la relación entre la suma de las cantidades de estos isótopos y la de isótopos 238, sea mayor que la relación entre la cantidad de isótopos 235 y la de isótopo 238 en el uranio natural.

3.

Se entiende por "materiales básicos" el uranio constituido por mezcla de isótopos que contiene en su estado natural; el uranio en que la proporción del isótopo 235 es inferior a la normal; el torio; cualquiera de los elementos citados en forma de metal, aleación, compuesto químico o concentrado; cualquier otro material que contenga o más de los elementos citados en la concentración que la Junta de Gobernadores determine en su oportunidad; y los demás materiales que la Junta de Gobernadores determine en su oportunidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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