Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2916 de 1994 · por el cual se establecen las condiciones, términos y procedimientos de liquidación del Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, y se adopta el programa de supresión de empleos y garantías con las cuales contará el personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En desarrollo del mandato contenido en la Ley 99 de 1993, la liquidación del Inderena se desarrollará bajo los siguientes parámetros

a)

La liquidación del personal del Inderena se hará de acuerdo con la supresión de empleos que efectúe el Gobierno Nacional, de conformidad con el programa que para el efecto se establece en el presente Decreto;

b)

El Gerente Liquidador dará cumplimiento a los beneficios y garantías consagrados en la Ley 99 de 1993, en las normas sobre administración de personal y en este Decreto, en favor de los empleados y trabajadores del Inderena;

c)

El Gerente Liquidador entregará, a título de comodato a las entidades del Sina, quienes están obligados a recibir, los bienes e instalaciones que posee el Inderena a nivel nacional, en ejercicio de las funciones asignadas por ley, relativas a directores de establecimientos públicos del orden nacional, mientras se expiden las normas sobre transferencia de bienes e instalaciones de que trata el literal h) del artículo 116 de la Ley 99 de 1993.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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