Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973

Decreto 1953 de 1973 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 6.800.000.00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Funcionamiento. Contracreditos MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITLO 141 Ministerio de Hacienda y crédito Público. Programa 162. Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Subprograma 2. Administración y Recaudación de Impuestos Servicios personales 102 - 111 -127 - Articulo 1497. Auxilio de transporte 800.000 102 - 111 - 129 - Articulo 1498. Subsidio familiar 2.000.000 Suman los contracréditos $ 6.800.000 Créditos Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITOS PUBLICO CAPITULO 141 Ministerio de Hacienda y crédito Público. Programa 162. Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Subprograma i. Administración de la Dirección de Impuestos Servicios personales. 101 - 111 - 107 - Articulo 1413. Sueldos del personal supernumerario $ 600.000 Gastos generales. 106 - 111 - 207 - Articulo 1420. Servicio de comunicaciones 2.500.000 106 - 111 - 213 - Articulo 1422. Impresos y publicaciones 600.000 Subprograma 2. Administración y recaudación de Impuestos. Gastos generales. 106 -114 - 209 - Articulo 1431. Servicios públicos 300.000 Programa 167 Servicios administrativos. Gastos generales. 106 -111 - 207 - Articulo 1502. Servicios de comunicaciones 2.500.000 106 - 111 -209 - Articulo 1503. Servicios públicos 300.000 Suman los créditos $ 6.800.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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