º. Los Jueces y Secretarios de los Juzgados de Instrucción Criminal del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional no tendrán derecho a viáticos. En cambio se les reconocerán los gastos de transporte y los siguientes sobresueldos mensuales: a los Jueces, doscientos pesos ($200); a los Secretarios de los Juzgados trece a sesenta, ciento cincuenta pesos ($ 150). Cuando los Jueces 1º a 12 de instrucción Criminal deban actuar fuera de su residencia llevarán como Secretario un Escribiente, el cual tendrá derecho a que se le reconozcan viáticos de cinco pesos ($5) diarios y el valor de los gastos de transporte.
Los sobresueldos serán cubiertos por los Pagadores, Administradores o Recaudadores de hacienda Nacional, al final de cada mes, pero deberán anticiparlos cuando el funcionario o empleado que tenga derecho a ellos deba cumplir alguna comisión fuera del lugar de su residencia.
El Juez o Secretario que se excuse, aunque sea por motivos fundados de cumplir cualquier comisión que se le señale, perderá el derecho a recibir el sobresueldo en el mes a que la excusa se refiera.