Artículo segundo. Modificase el artículo 12 del mencionado Decreto, en la siguiente forma: En el inciso e), ¡los ordinales 11 y 12 quedarán así: Ordinal 11. Estación Experimental Equina "Ospina Pérez", Chiquinquirá . Veterinario Director, con asignación de 450.00 Contador. Pagador, Almacenista 300.00 Ordinal 12. Subestación de Caprinos de La Guajira, con los siguientes funcionarios y asignaciones : Veterinario Director 450.00 Contador, Pagador, Almacenista 300.00 La Comisión de Hazas Bovinas quedará como ordinal 13. En el inciso d), instituto de investigación y Diagnóstico : El Almacenista quedará como Contador, Pagador, Almacenista, con la asignación de 300.00 Estenógrafa Oficial de Kárdex 150.00 En el inciso h), Servicio de Piscicultura, Pesca y Caza : El Veterinario Director, con asignación de 500.00 El Ictiólogo, con asignación de 380.00 Comuníquese,
Decreto 1809 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Del Mencionado Decreto, En La Siguiente Forma: En El Inciso E), ¡los Ordinales 11 Y 12 Quedarán Así: Ordinal 11
Decreto 1809 de 1949 · por el cual se crean unos cargos en la División de Ganadería del Ministerio de Agricultura y Ganadería, y de modifica en parte el Decreto 1093 de 1949.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.