Micelio

Artículo 6

Grados De La Orden Tayrona

Ley 407 de 1997 · por la cual se crea la Orden Tayrona como condecoración insigne que otorga el Departamento del Magdalena con el propósito de exaltar a nacionales que presten servicios meritorios al departamento, al país y a la humanidad, se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Orden Tayrona constará de siete grados, a saber:

1.

Gran Collar Tayrona.

2.

Gran Tayrona Extraordinario.

3.

Gran Tayrona.

4.

Gran Cacique Tayrona.

5.

Capitán Tayrona.

6.

Gran Guerrero.

7.

Guerrero Tayrona.

Parágrafo 1

El Gran Collar Tayrona se concederá exclusivamente a los Jefes de Estado o de Gobierno en ejercicio de sus funciones. Podrá conferirse igualmente a connotados benefactores de la humanidad, en lascondiciones precisadas en el artículo 8º de la presente ley.

Parágrafo 2

El Gran Tayrona Extraordinario se concederá a Ministros de Estado, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, de la Corte Constitucional, del Consejo Superior de la Judicatura y a ex Gobernadores.

Parágrafo 3

El Gran Tayrona, Gran Cacique Tayrona, Capitán Tayrona, Gran Guerrero y Guerrero Tayrona, se concederá a discrecionalidad del Presidente de la Orden Tayrona, de acuerdo con los servicios prestados en beneficio del departamento del Magdalena, el país y la humanidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 407 de 1997