Micelio

Artículo 5

º La Ordenación Del Gasto Prevista En El Presente Decreto, Deberá Sujetarse A Las Disposiciones Consagradas En La Ley Normativa Del Presupuesto General De La Nación Y Las Demás Normas Reglamentarias En Cuanto Al Régimen De Apropiaciones, Acuerdo De Gastos, Sujeción Al Programa Anual De Caja, Constitución Y Pago De Reservas

Decreto 880 de 1989 · Por el cual se reglamenta la ordenación del gasto en la Registraduría Nacional del Estado Civil

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La ordenación del gasto prevista en el presente decreto, deberá sujetarse a las disposiciones consagradas en la Ley Normativa del Presupuesto General de la Nación y las demás normas reglamentarias en cuanto al régimen de apropiaciones, acuerdo de gastos, sujeción al programa anual de caja, constitución y pago de reservas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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