º . - Organización de los Gaula . Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal «Gaula», para el cumplimiento de su misión, tendrán la siguiente organización: - Una Dirección Unificada a cargo del Fiscal Delegado y el Comandante Militar o Policial correspondiente. - Una Unidad de Inteligencia y Evaluación compuesta por analistas de inteligencia, técnicos en comunicaciones y operación de bases de datos, encargados de recolectar y procesar la información y proponer a la Dirección Unificada las diferentes alternativas de acción. - Una Unidad Operativa, compuesta por personal de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, el Departamento Administrativo de Seguridad y el Cuerpo Técnico de Investigaciones. Cada Unidad actúa bajo el mando de un oficial y se encarga del planeamiento y la ejecución de las operaciones necesarias para el rescate y la protección de las víctimas y la captura de los responsables. - Una Unidad Investigativa compuesta por agentes, detectives y técnicos con funciones de Policía Judicial, cada unidad actúa bajo la dirección del Fiscal Regional Delegado y se encarga de adelantar las investigaciones penales. Cada Gaula contará con el personal judicial, operativo, administrativo y de servicios generales que sea requerido para su buen funcionamiento. Para este propósito la Dirección Unificada de cada Gaula elaborará un proyecto de requerimientos en materia de recursos humanos y presupuesto que, una vez aprobado por el Director del Programa Presidencial para la Lucha contra el Delito Secuestro y el Conase, será comunicado a la Fiscalía General de la Nación, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea y el Departamento Administrativo de Seguridad.
Para apoyar las funciones de los Gaula en la detección de activos provenientes de delitos de secuestro y extorsión, se conformará un grupo interinstitucional integrado por funcionarios de las entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control y de la Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Para apoyar las funciones de los Gaula en la detección de activos provenientes de delitos de secuestro y extorsión, se conformará un grupo interinstitucional integrado por funcionarios de las entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control y de la Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionales. Vigente desde: 21/12/1995 y hasta el: 08/04/1996