De la coexistencia de otros procesos en el procedimiento sancionatorio. La existencia de un proceso penal o de otra índole no dará lugar a suspensión del proceso sancionatorio.
(Artículo 46 del Decreto 2240 de 1996)
De La Coexistencia De Otros Procesos En El Procedimiento Sancionatorio
Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De la coexistencia de otros procesos en el procedimiento sancionatorio. La existencia de un proceso penal o de otra índole no dará lugar a suspensión del proceso sancionatorio.
(Artículo 46 del Decreto 2240 de 1996)
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.