Reincorporación. Podrán reincorporarse a la institución policiva los Agentes retirados que acrediten los siguientes requisitos
Que hayan sido retirados de la institución a solicitud propia;
Que aprueben los exámenes sicofísicos de rigor;
Que presenten el diploma expedido en la Escuela de Formación de Agentes;
Presentación del certificado judicial;
Que sea objeto de primera reincorporación;
Que su conducta durante el tiempo de servicio a la institución haya sido buena;
Tener mínimo un (1) año fuera de la institución; y no sobre pasar los tres (3);
Certificación de conducta expedida por el Comandante de la Policía de la localidad donde haya residido durante el tiempo que permaneció fuera de la institución.