º. La remuneración de los Ingenieros Nacionales de los Departamentos Se fijará en cada caso partícula al hacer el respectivo nombramiento, teniendo en cuenta la importancia de las obras departamentales, el clima en donde el Ingeniero debe prestar sus servicios, al costo de los medios de locomoción y las demás circunstancias capaces de influir en el precio de los honorarios del Ingeniero. Otro tanto se hará respecto de la remuneración de los Contadores Secretarios.
Decreto 1184 de 1908 →Vigente
Artículo 7
La Remuneración De Los Ingenieros Nacionales De Los Departamentos Se Fijará En Cada Caso Partícula Al Hacer El Respectivo Nombramiento, Teniendo En Cuenta La Importancia De Las Obras Departamentales, El Clima En Donde El Ingeniero Debe Prestar Sus Servicios, Al Costo De Los Medios De Locomoción Y Las Demás Circunstancias Capaces De Influir En El Precio De Los Honorarios Del Ingeniero
Decreto 1184 de 1908 · Por el cual se reglamenta la Administración de las obras públicas de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.