Art. 330. Por el Ministerio de Instrucción Pública se tomarán las medidas conducentes á fin de que el Instituto Salesiano de Bogotá tenga local cómodo para sus trabajos, y de que para 1892 esté preparado en Cartagena el local que debe servir para el Instituto Salesiano de aquella ciudad.
Decreto 1238 de 1892 →Vigente
Artículo 330
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.