Micelio

Artículo 9

º

Decreto 359 de 1995 · por el cual se reglamenta la Ley 179 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las reducciones a la parte del PAC de cada sección, ya aprobada, deberán solicitarse dentro de los quince (15) primeros días calendario del mes correspondiente, a través de la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien certificará que los fondos pertinentes no se transfirieron a la cuenta que puede afectar el tesorero o pagador de ese órgano, o fueron reintegrados. Es competencia de la Dirección General del Presupuesto Nacional del mismo Ministerio, aprobar la reducción respectiva. Cuando se efectúen traslados presupuestales con cargo al Fondo de Compensación Interministerial, la Dirección General del Presupuesto Nacional hará de oficio los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja y los comunicará a la Dirección del Tesoro Nacional y a los órganos afectados. Igual procedimiento se aplicará cuando se efectúen las distribuciones del Presupuesto Nacional autorizadas por las Disposiciones Generales de la ley anual de Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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