Micelio

Artículo 2.2.1.3.2

Contenido De Los Estatutos

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de los estatutos. Los estatutos de la entidad deberán contener, por lo menos:

1.

Su nombre, precedido de la denominación jurídica correspondiente a su naturaleza, según se trate de asociación o corporación, fundación o institución de utilidad común;

2.

Domicilio;

3.

Duración;

4.

Objeto o finalidad de la entidad, indicando expresamente que es una entidad sin ánimo de lucro;

5.

Órganos de administración, determinando su composición, modo de elección o designación, funciones y quórum deliberatorio y decisorio;

6.

Determinación de la persona que ostentará la representación legal de la entidad;

7.

Revisor Fiscal. En el caso de las fundaciones o instituciones de utilidad común deberá ser contador titulado con su respectivo número de matrícula;

8.

Patrimonio y disposiciones para su conformación, administración y manejo;

9.

Disposiciones sobre disolución, liquidación y destinación del remanente de los bienes a una institución de utilidad común o carente del ánimo de lucro que persiga fines similares.

Parágrafo

El contenido de los estatutos en ningún caso podrá ser contrario al orden público, a las leyes o a las buenas costumbres.

(Decreto 1529 de 1990, artículo 3°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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