Micelio

Artículo 145

Remuneración Y Computo De Horas De Clase A Oficiales Y Suboficiales No Escalafonados Como Profesores Militares

Decreto 989 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1211 de 1990, Estatuto del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remuneración Y Computo de Horas de Clase A Oficiales Y Suboficiales no Escalafonados como Profesores Militares . Los Oficiales y Suboficiales que sean nombrados para dictar clases en las Escuelas de Formación y Capacitación de las Fuerzas Militares, sin que tengan la Categoría de Profesores Militares, se considerarán como Profesores de Quinta Categoría para los efectos de remuneración y cómputo de horas de clase dictadas. Si el nombramiento es para la Escuela Superior de Guerra, se considerarán como Profesores de Tercera Categoría para los mismos efectos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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