°. Todas las mercancías: y los locales que se encuentren dentro del perímetro de laú Zona deben estar asegurados contra incendio por los, dueños o consignatarios de las primeras y los ocupantes de los segundos. En el caso de que tentó unos como otros, no presenten la póliza de seguro contraincendio a, satisfacción de la Gerencia, ésta asegurará las mercancías y lócales, por cuenta de los dueños, formulándoseles las cuentas respectivas, -las que deberán pagar a su presentación. Para fijar el monto del seguro se tomará como, base el valor manifestado en las facturas para las mercancías y para los locales el avalúo que se haga de común acuerdo. Queda a juicio de la Gerencia la aceptación de la póliza de seguro que se presente. La Gerencia de la Zona no será responsable de la falta de cumplimiento de las obligaciones contraidas por las compañías aseguradoras. Queda prohibido fumar en los lugares en donde esté depositada carga o -se haga algún movimiento con ésta. Los arrendatarios y demás ocupantes de locales en la Zona cuidarán, bajo su responsabilidad, que dentro de sus edificios o depósitos se cumpla con esta prescripción. Queda igualmente prohibido encender fuego, efectuar trabajos de soldadura de latas o envases que contegan materias inflariiables o peligrosas, y en general cualquier clase de soldaduras sin previo aviso a la Gerencia, a finde que ésta dicte en cada caso las medidas necesarias para evitar el peligro de incendio.
Decreto 2034 de 1973 →Vigente
Artículo 7
Todas Las Mercancías: Y Los Locales Que Se Encuentren Dentro Del Perímetro De Laú Zona Deben Estar Asegurados Contra Incendio Por Los, Dueños O Consignatarios De Las Primeras Y Los Ocupantes De Los Segundos
Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.