Una vez constituida la relación de cuentas por pagar (reservas de caja), los dineros sobrantes del presupuesto nacional; se reintegrarán sin excepción, a la Dirección General de Tesorería a más tardar el 1° de marzo de 1987, con la refrendación del ordenador, del Jefe de Presupuesto de la entidad o del Jefe de la División Delegada de Presupuesto, cuando esta exista, y del Auditor de la Contraloría General de la República.
Ley 112 de 1985 →Vigente
Artículo 41
Ley 112 de 1985 · sobre Presupuesto de Rentas, Recursos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.