Micelio

Artículo 4

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Artículos 2º Del Decreto - Ley 1044 De 1978, 5º Y 6º Del 3693 De 1981 Y 2º Del 140 De 1985 Y Los Decretos - Leyes 103, 292 Y 293 De 1983 Y 113 De 1985, Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1986, Salvo Lo Dispuesto En El Artículo 2º Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Deroga Decreto 103 De 1983 Deroga Artículo 2 Decreto 140 De 1985 Deroga Decreto 113 De 1985 Deroga Decreto 292 De 1983 Deroga Decreto 293 De 1983 Deroga Artículo 2 Decreto 1044 De 1978 Deroga Artículo 3 Decreto 3693 De 1981 Deroga Artículo 5 Decreto 3693 De 1981 Publíquese Y Cúmplase Dado En Bogotá, D

Decreto 108 de 1986 · Por el cual se dictan normas en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 2º del Decreto - ley 1044 de 1978, 5º y 6º del 3693 de 1981 y 2º del 140 de 1985 y los Decretos - leyes 103, 292 y 293 de 1983 y 113 de 1985, y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1986, salvo lo dispuesto en el artículo 2º

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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