La Dirección General del Presupuesto se abstendrá de acordar las apropiaciones presupuestales a aquellos establecimientos públicos que debiendo atender el servicio de la deuda interna y externa no lo hicieren dentro de los términos establecidos en los respectivos contratos.
Ley 40 de 1983 →Vigente
Artículo 46
Ley 40 de 1983 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos de los establecimientos públicos nacionales, para el año fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1984
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.