Articulo 3° La Gobernación ejecutará las obras de que trata el Plan Vial, ya sea por administración directa, o contratándolas, en cuyo caso procurará que los contratistas reciban parte del valor de la obra ejecutada, en bonos de los que se emitan de acuerdo con lo dispuesto en el presente Decreto.
Decreto 462 de 1954 →Vigente
Artículo 3
La Gobernación Ejecutará Las Obras De Que Trata El Plan Vial, Ya Sea Por Administración Directa, O Contratándolas, En Cuyo Caso Procurará Que Los Contratistas Reciban Parte Del Valor De La Obra Ejecutada, En Bonos De Los Que Se Emitan De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Presente Decreto
Decreto 462 de 1954 · Por el cual se aprueba el Decreto número 826 de 1954, del Departamento del Valle del Cuaca, que autoriza la contratación de un empréstito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.