Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2262 de 2001 · por el cual se determina la tasa de interés moratorio para efectos tributarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Tasa de interés en devoluciones. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 863 y 864 del Estatuto Tributario y con base en la certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, la tasa de interés que regirá en materia de devoluciones, entre el 1º de noviembre de 2001 y el 28 de febrero de 2002, será del treinta y cuatro punto trece por ciento (34.13%) anual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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