º . Modifícanse las funciones de la Dirección de Productividad y Competitividad, establecidas en el artículo 25 del Decreto 210 de 2003, el cual quedará así: " Artículo 25 . Dirección de Productividad y Competitividad . Son funciones de la Dirección de Productividad y Competitividad, las siguientes
Asesorar al Ministro y Viceministros en la formulación de la política de Instrumentos de Promoción a la productividad y competitividad, encaminados al fortalecimiento de las empresas para acceder a los mercados nacionales e internacionales.
Participar con las entidades del Sistema Nacional de Innovación en las acciones tendientes a estimular la modernización, la innovación, el desarrollo y la transferencia tecnológica dentro del sector productivo, para fomentar la creación de nuevas capacidades empresariales que permitan acceder a mercados internacionales y consolidar su presencia en el mercado doméstico.
Formular, implementar, concertar y evaluar la política de productividad y competitividad, y los planes y programas derivados de esta, con el fin de mejorar la productividad de las empresas y la competitividad de los productos y servicios del país.
Coordinar el desarrollo de las acciones derivadas de los lineamientos de la Política de Productividad y Competitividad, con las entidades competentes de los sectores privado y público.
Formular, implementar, concertar y evaluar las políticas, planes y programas de fomento, apoyo, modernización y fortalecimiento de la industria en coordinación con la Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Articular los lineamientos de la política sectorial orientada a fortalecer las cadenas productivas, promoviendo el trabajo conjunto entre el sector privado y público, para desarrollar una estrategia de mediano y largo plazo que busque la integración entre los eslabones de las cadenas de bienes y servicios, con el fin de consolidar los mercados externos y la competencia en los mercados domésticos.
Coordinar la política de productividad y competitividad con el Ministerio de Agricultura y demás organismos y entidades relacionadas con dicha política.
Coordinar con los sectores público y privado, las acciones tendientes a promover la adaptación, desarrollo, promoción y aplicación de programas de mejoramiento de la productividad en las empresas productoras de bienes, servicios y tecnología.
Asesorar a las regiones en la identificación de ventajas competitivas para el fortalecimiento productivo regional.
Participar en el desarrollo de las estrategias de competitividad a Nivel Andino, coordinando con los demás países de la subregión las acciones necesarias para conformar una política regional que busque la integración en materia de competitividad.
Evaluar los instrumentos de promoción que utilizan otros países, analizar los resultados obtenidos con los existentes en Colombia y recomendar la creación de nuevos mecanismos o los ajustes necesarios para brindar a los exportadores y productores nacionales las condiciones que los hagan más competitivos.
Proponer la simplificación de las operaciones y la eliminación de las barreras al comercio, en coordinación con las demás direcciones del Ministerio y otras entidades competentes.
Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas".