Micelio

Artículo 5

Inicio Del Ejercicio De Competencias Y Funciones Del Territorio Indígena

Decreto 488 de 2025 · por el cual se dictan las normas fiscales necesarias y las demás relativas al funcionamiento de los territorios indígenas y su coordinación con las demás entidades territoriales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Inicio del ejercicio de competencias y funciones del Territorio indígena . En desarrollo de los derechos a la autonomía y libre determinación se reconoce la decisión autónoma de los Pueblos Indígenas de ponerse en funcionamiento como Territorios Indígenas. El inicio del ejercicio formal de sus funciones y competencias será efectivo con la expedición del acto administrativo de la protocolización del acuerdo intercultural por parte del Ministerio del Interior que formaliza el cumplimiento del procedimiento señalado en el presente decreto. Para la expedición del acuerdo intercultural, será necesaria la delimitación territorial, el censo y el registro del consejo indígena, los cuales podrán desarrollarse de forma concomitante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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