Ley 4 de 1913 · Sobre régimen político y municipal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El informe de cada Fiscal se limitará a los asuntos de que debe conocer y a la estadística relacionada con el Tribunal o juzgado respectivo y de los juzgados Municipales, Corregimientos y demás oficinas subalternas. Cuando haya dos o más Fiscales de Circuito se dividirán el trabajo relativo a las oficinas subalternas de la manera como o disponga el Fiscal del Tribunal Superior respectivo.
Personeros municipales
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.