°. Son funciones generales de las seccionales
Exigir a las sociedades sometidas a control y vigilancia de la Superintendencia, domiciliadas dentro de su jurisdicción, el cumplimiento de las disposiciones legales y contractuales correspondientes;
Revisar las documentaciones presentadas por las sociedades, hacer las observaciones correspondientes y preparar las ponencias que fueren del caso;
Practicar o dirigir por comisión del Superintendente, las visitas a las sociedades sometidas, al control de la Superintendencia;
Vigilar que en el desarrollo de las Asambleas Generales de las sociedades sometidas a control y vigilancias de la Superintendencia, se dé cumplimiento a las normas legales y contractuales pertinentes;
Rendir informes periódicos al Superintendente de las labores desarrolladas por la respectiva seccional, y
Las demás que les delegue el Superintendente con el fin de lograr una adecuada descentralización de funciones y simplificación de trámites administrativos.