Micelio

Artículo 3

º Las Solicitudes De Registro De Los Contratos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Así Como Las De Sus Modificaciones, Deberán Presentarse Ante El Comité De Servicios Y Tecnología Por La Empresa Receptora De La Tecnología, Dentro De Los Dos Meses Siguientes A Su Celebración

Decreto 2561 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las solicitudes de registro de los contratos a que se refiere el artículo anterior, así como las de sus modificaciones, deberán presentarse ante el Comité de Servicios y Tecnología por la empresa receptora de la tecnología, dentro de los dos meses siguientes a su celebración. Las solicitudes de prórroga de los registros deberán presentarse dentro de los dos meses anteriores al vencimiento de dicho término.

Parágrafo

El registro de los contratos surtirá efectos a partir de la fecha de su celebración y su negación impedirá su ejecución para efectos de los pagos de la regalía correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2561 de 1991