Del Consejo de Seguridad Aeronáutica. El Consejo de Seguridad Aeronáutica estará Integrado por
El Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, quien lo presidirá;
El Director General de Operaciones Aéreas;
El Jefe de Seguridad de la Fuerza. Aérea Colombiana;
El Presidente de1 Comité de Seguridad de la .Asociación Colombiana de Aviadores Civiles;
Un representante de la Aviación Civil, nombrado por el jefe del Departamento para un período de dos años, de tema presentada por los acroclubes del país. El Secretario del Consejo será designado por el Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.
El Consejo de Seguridad Aeronáutica se reunirá ordinariamente y por derecho propio cada quince (15) días y, extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente.