Micelio

Artículo 1

Ley 13 de 1947 · Por la cual se crea el Departamento del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo del articulo 6.ºde la Constitución Nacional, crease el Departamento del Choco, formado por el territorio de la Intendencia del mismo nombre. Su capital será Quibdó.

Parágrafo

Son limites del Departamento del Choco: desde la desembocadura más meridional del rio San Juan, en el Pacifico, sube la vaguada de este rio hasta la boca del rio Calima; de este punto, por entre los ríos San Juan y Calima, para tomar por el filo de la cuchilla que separa las aguas del cama y del Munguidó, hasta dar con la cima de la Cordillera Occidental, divisoria aguas entre las vertientes del Cauca y del San Juan, hasta encontrar la cuchilla que divide aguas entre el Cucurrupi y el Sanquinini por esta, y la Cuchilla Atravesada , hasta la confluencia de los ríos Sanquinini y Garrapatas; rio Garrapatas, aguas arriba, hasta la boca del rio Cajamarca; de aquí, por estribaciones secundarias la cordillera, a buscar la serranía en donde nace el rio Sipí, que más al Norte se llama "Serranía de los Paraguas"; sigue el lindero por esta serranía, divortium-aquarum , entre los ríos de las Vueltas y Habita, pasa por el alto de Peladeros y continua por las cumbres de la Cordillera Occidental hasta el cerro de Tatamá.

Del cerro de Tatamá desciende por la estribación que divide aguas entre los ríos Tamana y San Juan, hasta llegar a las cabeceras del rio Lloraudó, para bajar por el cauce de este hasta su desembocadura en el rio San Juan, y por este, aguas arriba, hasta la boca del Guarato, continuando por el curso de este hasta la cordillera que divide aguas del Andágueda y el San Juan, hasta subir de nuevo a la Cordillera Occidental en el cerro de Paramillo, y seguir por la cima de esta cordillera hasta subir a la cima del "Cerro Plateado", en el Departamento de Antioquia.

Desde el "Cerro Plateado" desciende por la estribación de la Cordillera Occidental que va separando aguas de los ríos Payon y Penderisco de las del Atrato y las del Arquia, y el Ocaidó de las del rio Bebara, hasta llegar a los nacimientos del pequeño rio Opogodo, que se inicia entre el rio Bebara y el Arquia, a la atura de Isleta , y desemboca en la ciénaga de Palo Blanco, un poco más al sur de la confluencia del Atrato y el Arquia. De aquí sigue el limite por la vaguada occidental del rio Atrato, y por el brazo de Montaño hasta la boca de la quebrada ;Montaño, donde atraviesa la gran isla del atrato, y sale el brazo de Murindo, siguiendo por este rio abajo hasta un punto medio entre los ríos Jiguamiando y Murindo, que desembocan en el Atrato; luego sigue este lindero por el divorcio de aguas de los ríos citados, para ir a buscar las cabeceras del rio Pavarando, hasta llegar a la confluencia de este con el Rio Sucio, para dirigirse luego a las cabras del rio Tumaradocito y buscar el divorcio de aguas entre este rio y el Tumarado, hasta llegar al rio Atrato, en el remolino de las Pulgas, siguiendo luego la margen izquierda del Atrato, hasta salir al mar por la boca mas occidental, que se llama Tarena.

De aquí sigue el limite por la costa occidental del golfo de Uraba hasta el Cabo de Tiburón, limite con la república de Panamá; sigue luego por los límites entre Colombia y Panamá, según la demarcación practicada por la Comisión Mixta Colombo-Panameña, hasta el punto intermedio entre Cocalito y "La Ardilla", donde hay un hito internacional, y de aquí hacia el Sur, por la costa del mar Pacifico, hasta la boca del San Juan, punto de partida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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