Micelio

Artículo 48

La Junta Directiva Del Montepío Tendrá Sus Sesiones En El Despacho Del Ministerio De Guerra, Y Se Reunirá Ordinariamente El 1º Y El 15 De Cada Mes Á Las Dos De La Tarde, Y Extraordinariamente Cuando Ella Lo Acuerde Ó Cuando La Convoque Su Presidente

Decreto 309 de 1897 · Que reglamenta la Ley 53 de 1896, sobre Montepío Militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva del Montepío tendrá sus sesiones en el Despacho del Ministerio de Guerra, y se reunirá ordinariamente el 1º y el 15 de cada mes á las dos de la tarde, y extraordinariamente cuando ella lo acuerde ó cuando la convoque su Presidente.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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