Salarios, primas y subsidios . El régimen de salarios, primas y subsidios será el que se pacte en el respectivo contrato de trabajo, pero en todo caso el trabajador tendrá derecho a las siguientes primas y subsidios
Prima de Navidad, equivalente a la totalidad del salario devengado en 30 de noviembre de cada año, la cual será pagada en la primera quincena del mes de diciembre;
Prima de servicio anual;
Prima vacacional;
Subsidio familiar, el que se pacte en el respectivo contrato de trabajo;
Auxilio de transporte.
Cuando el trabajador no hubiere servido el año completo tendrá derecho al reconocimiento de las primas de Navidad y de servicio anual, a razón de una doceava (1/12) parte por cada mes completo de servicio, liquidadas con base en el último salario devengado. CAPITULO III. Prestaciones sociales.