° Modificanse las descripciones gravámenes de las posiciones 55.09.89.09, 87.02.05.11, 87.04.89.25 y 87.04.89.27 que aparecen en el artículo 1° del Decreto 895 de 1980 y quedarán de la siguiente manera: Posición Descripción Gravamen % 55.09.89.09 Bandas para la fabricación de cintas para máquinas de escribir y similares 40 87.02.05.11 De peso bruto vehicular máximo (G. V. W.) hasta de 5.000 libras americanas. 150 87.04.89.25 Para los vehículos del ítem 87.02.04.01 150 87.04.89.27 Para los vehículos del ítem 87.02.04.99 30
Decreto 1947 de 1980 →Vigente
Artículo 4
Modificanse Las Descripciones Gravámenes De Las Posiciones 55
Decreto 1947 de 1980 · Por el cual se modifican algunas normas del Decreto 895 de 1980 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.